Por: José Ismael Castillo
Presidente MASSDANILO
Especial para Pulso Global
El Estado y la sociedad dominicana han negociado la posesión irregular, dolosa o abusiva de la tenencia de tierra y bienes inmuebles (solares y apartamentos de lujos) bajo el RD$, 40%/ 60%, por años sin que la sociedad civil la haya objetado, beneficiándose de ella todos los sectores de la vida nacional, en todo el territorio del país, principalmente en las áreas más cotizadas de las urbes, incluyendo el Distrito Nacional y las principales provincias del país atraves de facilidades otorgadas por el propio Estado, en todos los gobiernos, a los fines de resolver litis y recuperar los recursos que el Estado en perjuicio, hechos refrendados por el Senado de la República en toda su historia.
De ello podemos citar procesiones, tal es el caso de los Cacicazgos, Arroyo Hondo, Ciudad Colonial, Zona de Gazcue, Ciudad Nueva, Ensanche Quisqueya, sólo en el Distrito Nacional, etc. por mencionar unas cuantas, lo mismo ocurre en todo el territorio nacional y en territorio con vacación turística, como Puerto Plata, Jarabacoa y Santiago de los Caballeros, así como en todo el país como había expresado antes en este mismo párrafo.
No nos anima otro propósito que edificar a la opinión pública sobre lo que entendemos quizás un poco de ignorancia sobre el tema y aprovechado por los enemigos tradicionales del desarrollo de la región sur que es la esencia que nos motiva a desarrollar el tema.
Me estoy refiriendo a las disposiciones y resoluciones que se han generado a través de Bienes Nacionales en las que se han negociado, titulado, asignado, reconocido, donado, adjudicado, vendido, apropiado y declarado de utilidad pública terrenos del Estado en posesión de particulares que han estado bajo su ocupación irregular por años y que de forma tradicional, siendo una practica normal que los involucrados se han acercado a Bienes Nacionales a regularizar su status y negociar la compra de los referidos bienes.
Hago de conocimiento público esta información, por que en nuestra oportunidad cuando tuvimos la oportunidad de dirigir el Departamento de Cobros de BIENES NACIONALES, sugerimos a su administración y así fue aprobado, que todos los bienes del Estado bajo a la época fueren reajustado a los precios determinados por el Catastro Nacional, a los fines de que los ocupantes de terrenos en proceso de regulación y compras de los mismos, lo tuvieran que pagar al valor de la época y a los precios establecidos por las normativas del catastro y no a los precios fijados en el tiempo de ocupación, siempre y cuando lo justificaren con justificación licita, confirmada y probatoria de los mismos.
Se estableció una escala de descuentos que involucraba un 40% para los que demostraran una posesión superior a los 30 años, que reducía esos beneficios a los de menor tiempo con un tope de 5 años hasta el 15%. Esta practica en todas las administraciones y gobiernos anteriores, con diferentes matices y características no justifican una acción en un sentido ni en el otro, pero lo que si queremos dejar por entendido que han sido método para recuperar recursos y bienes inmuebles, resolver litis y dar lugar al paso de la titulación de terrenos e inmuebles, como apartamentos, residencias y otras propiedades del Estado.
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